El reconocimiento de créditos se realiza en la Comisión de Docencia, Investigación y Validaciones o bien en la Comisión académica del Master (dependiendo del título), siguiendo las pautas establecidas en la normativa académica de aplicación:
- Normativa mediante la que se establece el procedimiento para el reconocimiento académico de créditos por participación en actividades universitarias en los Grados de la UDC (CG 17/07/2012, modificada por el CG 27/04/2023).
- Resolución rectoral de la UDC por la que se establecen las actividades por las que se reconocen créditos en los estudios de Grado, por la participación en actividades universitarias de cooperación, solidarias, culturales, deportivas, y de representación estudiantil (RR 23/11/2023).
- Real decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la educación superior.
- Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos para titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), mediante la que se desenvuelve el RD 1393/2007, do 29 de octubre, modificado por el RD 861/2010, del 2 de julio, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (CG 30/06/2011).
La comisión analiza cada solicitud y determina el reconocimiento en cada caso, que se formalizará desde la unidad de gestión académica integrada (UXAI) del Centro. De existir antecedentes para solicitudes sucesivas, y con el visto bueno del equipo decanal, se utiliza el mismo criterio de las informadas previamente.